La millonaria sanción está contenida en la resolución 2336, que la Secretaría Distrital de Ambiente expidió el pasado 5 de agosto, y la cual notificó ayer a la Industria Nacional de Gaseosas.
La Secretaría Distrital de Ambiente le había iniciado a la empresa de bebidas una investigación administrativa -el 12 de junio del 2007-, por la "existencia" de presuntas "conexiones erradas" en el predio Panamco de Coca Cola, en Fontibón.
Tal hecho fue comprobado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) en una inspección que hizo a la planta.
Aunque el antiguo Departamento Administrativo del Medio Ambiente (Dama) le había expedido a la Industria un permiso para que tuviera "un punto de vertimientos" en la planta, en octubre del 2006 el Acueducto comprobó que en ese sitio había otras cuatro descargas de aguas residuales industriales, las cuales no estaban registradas ni autorizadas por la autoridad ambiental.
La SDA reconoció que, desde enero, dicha industria clausuró los cuatro vertimientos irregulares que tenía y los redireccionó hacia una planta de tratamiento de aguas y hacia el único vertimiento residual autorizado por la Secretaría.
Sin embargo, la autoridad ambiental subrayó que esas acciones no fueron ejecutadas por la empresa de gaseosas "voluntariamente", sino fueron en cumplimiento "de unos requerimientos efectuados por la SDA mediante auto", y después de que "ya le había hecho daño al ecosistema".
La Industria Nacional de Gaseosas puede interponer el recurso de reposición contra la multa, cuyo valor asciende a 200 millones 752 mil 500 pesos, que alcanza un monto aproximado de 110,000 dólares americanos (según tipo de cambio tomado de la página www.colombia.com).
Tal hecho fue comprobado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) en una inspección que hizo a la planta.
Aunque el antiguo Departamento Administrativo del Medio Ambiente (Dama) le había expedido a la Industria un permiso para que tuviera "un punto de vertimientos" en la planta, en octubre del 2006 el Acueducto comprobó que en ese sitio había otras cuatro descargas de aguas residuales industriales, las cuales no estaban registradas ni autorizadas por la autoridad ambiental.
La SDA reconoció que, desde enero, dicha industria clausuró los cuatro vertimientos irregulares que tenía y los redireccionó hacia una planta de tratamiento de aguas y hacia el único vertimiento residual autorizado por la Secretaría.
Sin embargo, la autoridad ambiental subrayó que esas acciones no fueron ejecutadas por la empresa de gaseosas "voluntariamente", sino fueron en cumplimiento "de unos requerimientos efectuados por la SDA mediante auto", y después de que "ya le había hecho daño al ecosistema".
La Industria Nacional de Gaseosas puede interponer el recurso de reposición contra la multa, cuyo valor asciende a 200 millones 752 mil 500 pesos, que alcanza un monto aproximado de 110,000 dólares americanos (según tipo de cambio tomado de la página www.colombia.com).
Tomado de El Tiempo
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